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@DavidGelvezCaro.

SEGÚN LA LEY: Medios de Extinción de la Obligación Tributaria.

 

Es conveniente aseverar que las obligaciones tributarias se regulan por normas taxativas, imperativas y categóricas, en virtud de que imponen y limitan los derechos de las personas, de allí que se deba concertar el contenido que respecto de las normas se realiza en el ordenamiento tributario. Con respecto a los medios de extinción de las obligaciones tributarias se tiene que Santiago (2010) señala que:

“la vía normal y más rápida de extinguir la obligación tributaria es pagando el tributo debido”.

Vistas las cosas así se entiende que la extinción de la obligación tributaria se relaciona con el cese, finalización o supresión de la eficacia jurídica del acto de derecho personal, en virtud de que se han cumplido los requisitos exigidos a todo evento por las normas de orden público.

De ahí que debe tenerse en cuenta lo previsto en la norma de orden público que de forma taxativa prescribe los medios de extinción de las obligaciones. En efecto el artículo 39 del Código Orgánico Tributario (2014) dispone la obligación tributaria se extingue por los siguientes medios comunes: a) pago, b) compensación, c) confusión, d) remisión y e) declaratoria de incobrabilidad

 


El pago: Se conoce como la forma típica u ordinaria de cumplir con la obligación, de esto,  Lezama (2009) señala: “este es el cumplimiento de la prestación del tributo debido y debe ser efectuado por los sujetos pasivos”.

Compensación.  En el ámbito de las formas de extinción de la obligación tributaria se encuentra la compensación que permite finalizar acreencias reciprocas, de esta modalidad, al respecto Ramírez (2009) señala: “Cuando los sujetos activos y pasivos de la obligación tributaria son deudores recíprocos uno del otro, podrá operarse con ellos una compensación parcial o total que extinga ambas deudas hasta el límite de la menor”.

En este sentido, se presenta de esta manera una forma de extinción de las obligaciones que considera que el contribuyente es deudor y a la vez es acreedor de la administración, lo cual significa que pueda con la legitimidad del caso oponerse su acreencia cuando se le pueda exigir un cobro en ese sentido.

Confusión. En el ámbito del derecho tributario se presenta como forma de finalización de la obligación de ese espectro la denominada confusión. Ferreira (2010) señala que “la obligación tributaria se extingue por confusión cuando el sujeto activo quedare colocado en la situación del deudor, como consecuencia de la transmisión de los bienes o derechos objeto del tributo”.

De esta manera se asume que cuando el acreedor y el deudor se presentan en una sola persona, producto de que la administración activa se convirtió en propietaria de los bienes o servicios de los que se debía requerir la obligación tributaria.

Remisión. En lo que respecta a este punto, se define  como forma de extinción de las obligaciones debe asumirse se asume que es un acto unilateral previsto de un poder discrecional del que gozan los órganos de la administración, con miras que se pueda por decisión dejar en libertad al deudor con miras de que debe proceder al pago del monto requerido como deuda de la obligación.

 

Declaratoria de incobrabilidad.   La declaratoria de incobrabilidad y la prescripción de acuerdo con Cisternas (2009), quien señala: “es la declaración de la administración tributaria de que en algunos casos las prestaciones tributarias son incobrables. La Prescripción, es un medio de liberarse de la obligación, por razón del tiempo y bajo las condiciones de la ley”. De esta manera se presenta una forma de intervención de la administración tributaria activa, que puede intervenir frente a un crédito en ese ámbito y manifestar que el mismo no será requerido, en virtud de que existen razones y condiciones que permiten asumir ese tipo de pronunciamiento en el tiempo.

 

Referencias:

Cisternas, V (2009) Legislación Fiscal Venezolana. Caracas. Autor

Decreto 1434 con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario (2001). Gaceta Oficial N° 6152, Extraordinario de fecha 18 de Noviembre 2014.

Ferreira, L (2010) Glosario Tributos Internos. Caracas: Autor

Lezama, Y. (2009). El Seniat y Modos de Extinción de la Obligación Tributaria. Caracas: Autor.

Ramírez, L. (2009.) La Obligación tributaria. Caracas: Autor.

Santiago, E. (2010). Medios de Extinción de la Obligación Tributaria. Caracas: Autor.


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